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Salud Prohíbe Funcionamiento de Centro Médico en Calama por Prácticas Irregulares con Radiografías

En una reciente fiscalización llevada a cabo por la Seremi de Salud Antofagasta, se determinó la prohibición de funcionamiento del Centro Médico del Trabajador de Calama. La medida fue tomada después de que se constatara que el establecimiento continuaba realizando radiografías sin cumplir con la normativa establecida y careciendo de la necesaria autorización sanitaria.

La denuncia que desencadenó la inspección provino de un informante que alertó sobre las prácticas irregulares del centro médico a través de la Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias (OIRS). Según el denunciante, el centro médico llevaba a cabo tomas de radiografías con un equipo no autorizado, careciendo de paredes plomadas y de elementos de protección adecuados.

La seremi de Salud, Jessica Bravo, explicó: "Recibimos una denuncia a través de nuestra Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias (OIRS), en la cual el denunciante advertía que este centro médico estaba realizando toma de radiografías con un equipo que no estaba autorizado, sin paredes plomadas ni elementos de protección adecuados".


Durante la inspección, los fiscalizadores confirmaron que la "instalación radioactiva de segunda categoría no cuenta con autorización sanitaria de funcionamiento". Además, se verificó en la bitácora del equipo el historial de pacientes a quienes se les habían practicado radiografías en los últimos meses.


La seremi de Salud señaló que el centro médico, ubicado en la avenida Chorrillos de Calama, había presentado dos solicitudes de autorización de funcionamiento para la instalación radioactiva de segunda categoría en el transcurso del año. Ambas solicitudes fueron rechazadas por no cumplir con la normativa legal vigente.


En este contexto, Bravo advirtió al titular del centro médico que la instalación no podía funcionar para realizar exámenes de Rayos X hasta obtener la correspondiente autorización de operación. El incumplimiento de esta orden será sancionado de acuerdo con lo establecido en el libro décimo del Código Sanitario.

Para levantar la prohibición de funcionamiento, el titular del centro médico deberá presentar formalmente la autorización sanitaria de funcionamiento de la instalación.

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